Opinión

¡La muerte del chino en la Duarte!

Por: Rubén Geraldo Bautista 

El maltrato laboral es toda conducta que constituya agresión ejercida por el empleador contra un trabajador, donde se involucra el maltrato o la humillación, perjudicando la estabilidad laboral de los funcionarios. Es un tipo de conducta que no sólo daña el autoestima, estado de anímico y productividad de los colaboradores .

Con el avance de la tecnología hemos podido ver cómo quedan captados muchos sucesos de esta magnitud, quedando captando en esta ocasión el maltrato de un empleador chino hacia su subordinada.

Según un videos que circulan en las redes sociales se pudo observar cuando el hombre le lanza una patada a a la mujer; esta le tira un objeto y lo golpea; Luego cuando el chino va a devolver el golpe, la mujer se agacha y toma un chuchillo provocándole la muerte (De forma involuntaria).

En la mayoría de los casos de maltrato laboral los agredidos guardan silencios y aguantan todo tipo de insultos, por miedo a perder sus empleos. Jornada que les suministra los ingresos para el sustento del día a día. ¡Historia que en esta ocasión fue diferente, terminando con un final trágico!

Opinión del abogado Félix Portes con relación al caso:

“Lamentablemente el occiso agredió veces a la empleada. Incluso ya con el cuchillo, él la desafió. Hay que ver el historial agresivo de él con ella y otros empleados. Todo luce como una excusa legal de la provocación o legítima defensa porque (1) no hubo animus necandi (intención de quitarle la vida), la intención fue la de repeler al agresor, (2) solo fue una estocada, es decir, no continuó y no dirigió su estocada al corazón o cuello y (3) buscó ayuda luego del hecho”, escribió Portes en su cuenta de Instagram.

¿Qué dicen las leyes de la República Dominicana?

El artículo 319 del Código Penal expresa “el que por torpeza, imprudencia, inadvertencia, negligencia o inobservancia de los reglamentos, comete homicidio involuntario o sea causa involuntaria de él, será castigado con prisión de 3 meses a 2 años y multa de 25 a 100 pesos”. Como se aprecia, en el homicidio involuntario no existe la intención del agente para matar una persona. La intención es el elemento moral de toda infracción.

¿Será este caso conocido como homicidio involuntario?

Ojalá y las influencias internacionales no se involucren para que las autoridades nacionales no comentan abuso de poder al condenar una joven que solo se defendió y quieran poner una condena de 30 años.

Quien sabe cuanto tiempo pasó esta joven aguantando maltratos de su empleador, el nacional chino. Las leyes en ocasiones son favorables para los sectores más influyentes en la sociedad. Se trata de un extranjero asiático y una humilde joven dominicana, la cual tiene todas la de perder en la este proceso.

Las autoridades civiles y militares de nuestro país deben dar seguimiento a este tipo de caso, no solo en el sector privado se cometen estos tipos de abusos labores, existen algunos funcionarios públicos que también maltratan a los colaboradores que están por debajo de ellos.

El Autor es Periodista, engrasado de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Locutor certificado por la Comisión Nacional De Espectáculos Públicos Y Radiofonia (CNEPR), en la actualidad cursa una Maestría en Comunicación Estratégica y Relaciones Publica en la UASD.

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